Ordenanza Municipal N.° 008-2024-MDSA
18 de marzo de 2024
Artículo 1° .- DISPONER LA CLAUSURA INMEDIATA de los Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios que no cuenten con Licencia de Funcionamiento, sea cual fuere la actividad económica que desarrollen. Se ejecuta esta medida preventiva sin mayor tramite que la sola constatación de la Autoridad Municipal correspondiente, entendiéndose que la Clausura a que se refiere el presente Articulo no amerita notificación previa, ya que se trata de una medida preventiva con la finalidad de evitar danos personales, materiales, riesgo en la Seguridad Ciudadana y Contaminación del Medio Ambiente, según sea el caso.