Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas N.° 0067-2025-GAF-MDSA
5 de setiembre de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la baja por el causal de “Mantenimiento o Reparación Onerosa” previstas en los literales e) y f) respectivamente del artículo 48° de la Directiva N° 006-2021-EF/54.01 de TREINTA Y DOS (32) bienes muebles patrimoniales, del activo fijo, con un valor de adquisición acumulada de S/. 2,213,054.21 (Dos Millones Doscientos Trece Mil Cincuenta y Cuatro con 21/100 soles), un monto total por depreciación acumulada de S/. 2,128,733.18 (Dos Millones Ciento Veintiocho Mil Setecientos Treinta y Tres con 18/100 soles) y con un valor libro contable neto total de S/. 84,321.02 (Ochenta y Cuatro Mil Trescientos Veintiuno con 02/100 Soles). Asimismo, incluir TREINTA Y NUEVE (39) bienes muebles sobrantes para disposición en estado de chatarra cuyas características técnicas se encuentran especificadas en el Anexo I y Anexo II, en los plazos establecidos en la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 - Directiva para la Gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que la Sub Gerencia de Logística y a la Sub Gerencia de Contabilidad lleven a cabo las acciones correspondientes para la exclusión de los registros patrimonial y contable de la Municipalidad distrital de San Antonio de los bienes dados de baja a través de la presente resolución, de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia.
ARTÍCULO TERCERO.- AUTORIZAR a la Sub Gerencia de Logística, a través de la Oficina de Control Patrimonial y Almacén, iniciar los trámites de disposición de los bienes muebles a los que se hace referencia en la presente Resolución, y se dé cumplimiento de todas las acciones administrativas que correspondan para su disposición final.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente Resolución a a la Sub Gerencia de Contabilidad, a la Sub Gerencia de Logística y al Encargado de Control Patrimonial y Almacén, para conocimiento de fines de ley.
ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logística remitir a la Dirección General de Abastecimiento del MEF, la presente resolución, así como la documentación correspondiente.
ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR la publicación de la presente Resolución a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Antonio.