Ley N.° 00-1900
Ley de creación del Distrito de Sanagoran
3 de noviembre de 1900
Art. 2º.- La Provincia de Huamachuco quedará constiituida en la forma siguiente:
Distrito Huamachuco, compuesto de la ciudad de Huamchuco, como capital, los caseríos de San Antonio,
Curgos, Yanás y la hacienda Yamobamba.
Distrito de Sartimbamba conforme se encuentra constituido actualmente.
Distrito de Marcabal, tal como se encuentra formado actualmente.
Distrito de Sarín, de nueva creación, formado por el pueblo de su nombre, como capital, las haciendas de
Serpaquino, Chusgón, Mayan y Munnalca, separadas del Distrito de Huamachuco y la última del de Mollepata; y
El Distrito de Sanagorán, de nueva creación, formado por el pueblo del mismo nombre, como capital, del caserío de Querquepampa y las haciendas de Caraccmaca y Chuyugual, separadas del Distrito de Huamachuco.
Distrito Huamachuco, compuesto de la ciudad de Huamchuco, como capital, los caseríos de San Antonio,
Curgos, Yanás y la hacienda Yamobamba.
Distrito de Sartimbamba conforme se encuentra constituido actualmente.
Distrito de Marcabal, tal como se encuentra formado actualmente.
Distrito de Sarín, de nueva creación, formado por el pueblo de su nombre, como capital, las haciendas de
Serpaquino, Chusgón, Mayan y Munnalca, separadas del Distrito de Huamachuco y la última del de Mollepata; y
El Distrito de Sanagorán, de nueva creación, formado por el pueblo del mismo nombre, como capital, del caserío de Querquepampa y las haciendas de Caraccmaca y Chuyugual, separadas del Distrito de Huamachuco.