Resolución de Alcaldía N.° 069-2025-A/MDS
Ley 28175 Ley de Empleo Público
4 de julio de 2025
Señala en su artículo 4 El personal del empleo público se clasifica de la siguiente manera: 1) Funcionario Público, el que desarrolla funciones de preeminencia política, reconocida por norma expresa, que representan al Estado o a un sector de la población, desarrollan políticas del Estado y/o dirigen organismos o entidades públicas, 2) Empleado de confianza, 3) Servidor Público a) Directivo Superior, b) Ejecutivo, c) Especialista, d) De apoyo.