Anexo 4: Cuadro multianual de necesidades bienes, servicios y obras
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29 de enero de 2025
Según la Modificación de la Directiva N°0005-2021-EF/54.01, el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) debe ser aprobado por el Titular de la Entidad o su delegado dentro de los 12 días hábiles posteriores a la aprobación del PIA, mediante la suscripción del Anexo N°04