Resolución de Alcaldía N.° 090-2017-A-MDQQ

15 de mayo de 2017

la deuda a favor del señor CHOQUEMAQUI SAIRE
GABRIEL ANGEL por servicios prestados a la Municipalidad Distrital de Quiquijana, correspondiente
al mes de agosto del 2016, por la suma de S/. 2,999.53 (Dos Mil Novecientos Noventa y Nueve y
53/100 Soles): correspondiente al mes de setiembre del 2016, por la suma de S/. 2.999.53 (Dos
Mil Novecientos Noventa y Nueve y 53/100 Soles); correspondiente al mes de octubre del 2016, por
la suma de S/. 2,999.53 (Dos Mil Novecientos Noventa y Nueve y 53/100 Soles); correspondiente al
mes de noviembre del 2016, por la suma de S/. 2,999.53 (Dos Mil Novecientos Noventa y Nueve y
53/100 Soles); proveedor MULTISERVICIOS PUMALLANS EIRL., por la suma de S/. 14,100.00
(Catorce Mil Cien y 00/100 Soles); proveedora HUANCA QUISPE JONY, por la suma de S/. 532.70
(Quinientos Treinta y Dos y 70/100 Soles); proveedor FERNANDEZ NINA ANDRES RIBERTH, por la
suma de S/. 285.00 (Doscientos Ochenta y Cinco y 00/100 Soles); proveedor FERNANDEZ NINA
ANDRES RIBERTH, por la suma de S/. 190.00 (Ciento Noventa y 00/100 Soles): Consultor HUAMAN TORRE WILBERT, por la suma de S/. 5,900.00 (Cinco Mil Novecientos y 00/100 Soles): Consulte
HUAMAN TORRE WILBERT, por la suma de S/. 5,500.00 (Cinco Mil Quinientos 6006)0999
Supervisor ATAURIMA QUISPE OMAR, por la suma de S/. 17,166.08 (Diecisiete Mil Ciento Sesenta y
Seis y 08/100 Soles); Consultor LYCA CONSULTORA AMBIENTAL TECNOLOGICA E.I.R.L., por la suma
de S/. 12,000.00 (Doce Mil y 00/100 Soles): CIMAS EJECUTORES CONSULTORES Y SERVICIOS
MULTIPLES E.I.R.L., por la suma de S/. 8,000.00 (Ocho Mil y 00/100 Soles); Consultor CHACON
CCACYA WILSON, por la suma de S/. 8,000.00 (Ocho Mil y 00/100 Soles), incluyendo los impuestos
de Ley, en atención al INFORME N° 030-2017-UC/MDQ-YEAV de fecha 04 de abril del 2017 de la
CPC. Youli Endira Almirón Valencia y conforme el Informe del Jefe de la Oficina de Planificación y
Presupuesto, Opinión Legal de Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de Quiquijana, sobre
reconocimiento de deuda, el mismo que es objeto de ejecución durante el presente año fiscal, los
cuales deberán ser tratados conforme lo dispuesto por la Ley 28411 con la Ley N° 28112 y normas
conexas; pago que debe realizarse conforme al siguiente detalle:
Vista preliminar de documento RESOLUCION DE ALCALDIA N° 090-2017-A-MDQQ

RESOLUCION DE ALCALDIA N° 090-2017-A-MDQQ

PDF
650.3 KB