Mano dura contra organizadores de actividades bailables en la vía pública

Nota de prensa
Mano dura contra organizadores de actividades bailables en la vía pública
Mano dura contra organizadores de actividades bailables en la vía pública

13 de marzo de 2024 - 12:30 p. m.

Mano dura contra los organizadores de actividades bailables en la vía pública que alteren la tranquilidad de los vecinos, en aras de mantener una convivencia social, donde se respete el derecho ciudadano de vivir en paz y seguro, bajo el respaldo de la Ordenanza Municipal Nº 010- 2011, así lo señaló el Subgerente de Control y Policía Municipal, Dr. Jorge Silva Santos.
Silva Santos manifestó que se viene coordinando con los entes competentes para hacer cumplir las normas municipales vigentes, para garantizar el bienestar físico y moral de los vecinos, por lo que queda prohibido la realización de todo tipo de eventos que impidan la ocupación de la vía pública.
“Durante los fines de semana, se han retomado las actividades bailables en plena vía pública, cerrando calles y vulnerando derechos fundamentales de los ciudadanos. Sin embargo, estas acciones están prohibidas, estaremos sancionando y clausurando estos espectáculos bailables al aire libre que sólo crean caos e intranquilidad en la población”, señaló el funcionario.
Agregó que, en caso de incumplimiento, los organizadores de la actividad bailable, serán sancionados con multas administrativas ascendentes al 40% de una UIT, equivalente a S/. 1,980.00 soles. Asimismo, dio a conocer que la presente ordenanza también dispone el decomiso de instrumentos musicales, equipos de sonido y/o bienes como: toldos, sillas mesas entre otros enseres.
“No vamos a permitir que estos espectáculos causen malestar en los vecinos, queremos la comprensión y respaldo de la población, queremos vivir en armonía familiar”, sostuvo.
La multa también dispone la incautación del equipo de sonido y otros que serán devueltos cuando el propietario cumpla con pagar la sanción impuesta por los fiscalizadores ediles. Si hay resistencia, serán denunciados ante la fiscalía provincial de turno.
DEBES SABER
El artículo séptimo de la ordenanza municipal señala que queda prohibida la realización de actividades bailables y de espectáculos públicos no deportivos de gran concentración de personas que ocupen la vía pública y/o lugares de dominio público como plazas, plataformas deportivas, estadios y locales comunales, entre otros, sin la correspondiente autorización municipal, en los casos que corresponda.