Resolución de Alcaldía N.° 051-2023-AL/MDPN
31 de enero de 2023
MODIFICAR, el Artículo 1 º del Reglamento Interno de Trabajo (RIT) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, quedando de la siguiente manera:
Artículo 1 º: El horario de trabajo que regirá en la Municipalidad Distrital de Punta Negra, será de la siguiente manera:
Artículo 1 º: El horario de trabajo que regirá en la Municipalidad Distrital de Punta Negra, será de la siguiente manera:
a) Funcionarios y empleados: De lunes a viernes de 08:00 a 16:30 horas, con refrigerio de 1 hora de 13:00 a 14:00 horas.
b) Trabajadores Obreros: De lunes a sábado de las 07:00 a 13:00 horas.
PRECISAR que se mantiene subsistente los demás extremos del Reglamento Interno de Trabajo (RIT) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, aprobado mediante la Resolución de Alcaldía N° 023-2008/AL/MDPN de fecha 29 de enero de 2008.
PRECISAR que se mantiene subsistente los demás extremos del Reglamento Interno de Trabajo (RIT) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, aprobado mediante la Resolución de Alcaldía N° 023-2008/AL/MDPN de fecha 29 de enero de 2008.