Ordenanza Municipal N.° 009-2022-MDPB/CM

22 de junio de 2022

Queda prohibida, en la jurisdicción de Puerto Bermúdez Provincia de Oxapampa, a instalación o exhibición de propaganda electoral cuando  no exista convocatoria debida y formalmente efectuada por el Jurado Nacional de elecciones. Asimismo, la propaganda electoral está prohibida veinticuatro (24) horas antes del día de elecciones, debiendo retirarse toda aquella que este ubicada en un radio de cien (100) metros alrededor de los locales de votación. 

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