Decreto de Alcaldía N.° 001-2025-MDPN-A
30 de abril de 2025
DECREТА:
MUNICIPALIDAD DISTRITAL PUEBLO NUEVO PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - REGIÓN HUANUCO LEY DE CREACIÓN N° 30440 DEL 27 DE MAYO DEL 2016 "Año de la consolidación y recuperación de la economía peruana"
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR DÍA NO LABORABLE RECUPERABLE, para los trabajadores de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, el día viernes 02 de mayo 2025, por los argumentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Alcaldía.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La recuperación de las horas dejadas de laborar en la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, el día 02 de mayo de 2025, se efectivizará en una jornada de trabajo adicional de una hora diaria (de 5:00 p.m. a 6:00 p.m.), a partir del 05 de mayo de 2025, de acuerdo al artículo 2° del Decreto Supremo N° 042-2025-PCм.
ARTÍCULO TERCERO.- Los servicios públicos que se brinda a la población, tales como: Limpieza Pública, Serenazgo y entre otros, teniendo en cuenta que son servicios básicos y esenciales, continúen con su normal funcionamiento. ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Unidad de Recursos Humanos; poner en conocimiento el presente Decreto de Alcaldía a todo el personal de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, para el cumplimiento respectivo, bajo responsabilidad funcional y administrativa. ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la distribución del presente Decreto de Alcaldía a las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo y la publicación del mismo en el periódico mural de la Entidad y el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL PUEBLO NUEVO PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - REGIÓN HUANUCO LEY DE CREACIÓN N° 30440 DEL 27 DE MAYO DEL 2016 "Año de la consolidación y recuperación de la economía peruana"
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR DÍA NO LABORABLE RECUPERABLE, para los trabajadores de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, el día viernes 02 de mayo 2025, por los argumentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Alcaldía.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La recuperación de las horas dejadas de laborar en la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, el día 02 de mayo de 2025, se efectivizará en una jornada de trabajo adicional de una hora diaria (de 5:00 p.m. a 6:00 p.m.), a partir del 05 de mayo de 2025, de acuerdo al artículo 2° del Decreto Supremo N° 042-2025-PCм.
ARTÍCULO TERCERO.- Los servicios públicos que se brinda a la población, tales como: Limpieza Pública, Serenazgo y entre otros, teniendo en cuenta que son servicios básicos y esenciales, continúen con su normal funcionamiento. ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Unidad de Recursos Humanos; poner en conocimiento el presente Decreto de Alcaldía a todo el personal de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, para el cumplimiento respectivo, bajo responsabilidad funcional y administrativa. ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la distribución del presente Decreto de Alcaldía a las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo y la publicación del mismo en el periódico mural de la Entidad y el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo.