Ordenanza N.° 632-2025-MPL
Ordenanza Nº632-2025-MPL
30 de diciembre de 2025
Artículo 1.- PAGO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL
Establézcase que el monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial para el ejercicio 2026, de acuerdo al artículo 13 del TUO de la Ley de Tributación Municipal, es equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el ejercicio 2026.
Establézcase que el monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial para el ejercicio 2026, de acuerdo al artículo 13 del TUO de la Ley de Tributación Municipal, es equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el ejercicio 2026.
