Ordenanza N.° 626-MPL
Ordenanza Nº626-MPL
16 de diciembre de 2024
Artículo Primero.- PAGO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL
Establézcase que el monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial para el ejercicio 2025, de acuerdo al artículo 13 del TUO de la Ley de Tributación Municipal es de 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el ejercicio 2025.
Establézcase que el monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial para el ejercicio 2025, de acuerdo al artículo 13 del TUO de la Ley de Tributación Municipal es de 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el ejercicio 2025.