Ordenanza N.° 37-2000-MPL/O
28 de setiembre de 2000
El carné de salud es obligatorio a todos los comerciantes que manipulen y expendan artículos de consumo humano y deberá ser expedido conforme a la reglamentación vigente
28 de setiembre de 2000
El carné de salud es obligatorio a todos los comerciantes que manipulen y expendan artículos de consumo humano y deberá ser expedido conforme a la reglamentación vigente