Ordenanza Municipal N.° 012-2023-ORDENANZA
PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024 - 2027
21 de noviembre de 2023
Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.” Que, el numeral 1.1 del inciso 1º, del Artículo 85º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades Provinciales establecen un sistema de seguridad ciudadana con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, norman el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares de nivel distrital o de centros poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo a ley.