Resolución de Alcaldía N.° 605-2025-MPA-B
23 de octubre de 2025
ARTÍCULO PRIMERO. — ACLARAR la Resolución de alcaldía N* 351-2024-MPA del 093 julio del 2024, en ese contexto, se aclara lo siguiente:
DICE:
SE ADJUDICA la titulación del predio ubicado en la manzana 47 lote 11, del sector ciudad de Ayabaca, del
distrito, provincia de Ayabaca departamento de Piura, a favor de la señora RUTH VIOLETA SAAVEDRA DE
PEÑA, identificada con DNI N°03089628, conforme a lo dispuesto en la segunda disposición complementaria
y final de la ley N° 30711; la misma que tiene como Código Predial N° PI5149313 de la SUNARP — Zona
Registral N°1- Piura,
DEBE DECIR :
APROBAR el proceso de transferencia y titulación de la señora RUTH VIOLETA SAAVEDRA DE PEÑA,
identificada con DNI N° 03089628, del lote de terreno registrado con partida N° P15149313, ubicado en la
manzana 47 lote 11, del sector ciudad de Ayabaca, del distrito, provincia de Ayabaca departamento de Piura,
por cuanto el beneficiario se encuentra comprendido dentro de la segunda disposición complementaria y final
de la ley N° 30711”. EN CONSECUENCIA; DECLARESE ADJUDICADO Y/O TITULADO DICHO
INMUEBLE EN LOS TERMINOS YA INDICADOS, Y CONSENTIDA QUE SEA, EXPIDASE EL.
TITULO DE PROPIEDAD CORRESPONDIENTE.
DICE:
SE ADJUDICA la titulación del predio ubicado en la manzana 47 lote 11, del sector ciudad de Ayabaca, del
distrito, provincia de Ayabaca departamento de Piura, a favor de la señora RUTH VIOLETA SAAVEDRA DE
PEÑA, identificada con DNI N°03089628, conforme a lo dispuesto en la segunda disposición complementaria
y final de la ley N° 30711; la misma que tiene como Código Predial N° PI5149313 de la SUNARP — Zona
Registral N°1- Piura,
DEBE DECIR :
APROBAR el proceso de transferencia y titulación de la señora RUTH VIOLETA SAAVEDRA DE PEÑA,
identificada con DNI N° 03089628, del lote de terreno registrado con partida N° P15149313, ubicado en la
manzana 47 lote 11, del sector ciudad de Ayabaca, del distrito, provincia de Ayabaca departamento de Piura,
por cuanto el beneficiario se encuentra comprendido dentro de la segunda disposición complementaria y final
de la ley N° 30711”. EN CONSECUENCIA; DECLARESE ADJUDICADO Y/O TITULADO DICHO
INMUEBLE EN LOS TERMINOS YA INDICADOS, Y CONSENTIDA QUE SEA, EXPIDASE EL.
TITULO DE PROPIEDAD CORRESPONDIENTE.
