Resolución de Alcaldía N.° 581-2025-MPA

30 de setiembre de 2025

ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR IMPROCEDENTE la pretensión de reconocimiento de beneficios sociales respecto a los periodos en que el SR. ISAÍAS JIMÉNEZ MORETO, prestó servicios bajo la modalidad de locación de servicios (2017, 2018 y setiembre 2021), en tanto que, conforme al artículo 1764 del Código Civil, dicha modalidad no genera vínculo laboral ni derechos a beneficios sociales, limitándose la obligación de la entidad al pago de la contraprestación pactada en el contrato. Asimismo, respecto a los años 2014, 2015, 2016, 2019 y 2020, corresponde declarar que las eventuales acciones se encuentran prescritas, en aplicación del plazo de cuatro (4) años establecido en la Ley N°27321, del mismo modo, la modalidad contractual no existe la subordinación pertinente.


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