Ordenanza Municipal N.° 020-2015-MDP
22 de diciembre de 2015
ORDENANZA QUE PROHIBE E IMPONE SANCIONES POR ARROJO DE AGUAS Y El LAVADO DE VEHICULOS Y OTROS EQUIPOS EN ACERAS, AVENIDAS V CALLES PAVIMENTADAS EN EL DISTRITO DE POMALCA.
ARTICULO PRIMERO.- PROHIBIR el arrojo de aguas y el lavado de vehículos motorizados y otros equipos en las aceras, avenidas y calles pavimentadas del Distrito de Pomalca, Provincia de Chiclayo, bajo sanción de multa y otras sanciones no pecuniarias.
Son responsables de la infracción y pasibles de multa los vehículos objeto de lavado y las viviendas desde las cuales o por las cuales se arroje agua a los pavimentos.
ARTICULO SEGUNDO.-ESTABLECER las sanciones de multa, así como la incautación del vehículo o equipo a quienes infrinjan la prohibición dispuesta en el artículo primero de la presente ordenanza
ARTICULO PRIMERO.- PROHIBIR el arrojo de aguas y el lavado de vehículos motorizados y otros equipos en las aceras, avenidas y calles pavimentadas del Distrito de Pomalca, Provincia de Chiclayo, bajo sanción de multa y otras sanciones no pecuniarias.
Son responsables de la infracción y pasibles de multa los vehículos objeto de lavado y las viviendas desde las cuales o por las cuales se arroje agua a los pavimentos.
ARTICULO SEGUNDO.-ESTABLECER las sanciones de multa, así como la incautación del vehículo o equipo a quienes infrinjan la prohibición dispuesta en el artículo primero de la presente ordenanza
