Anexo 4: Cuadro Multianual de Necesidades Bienes, Servicios y Obras - MDP
Informe
15 de enero de 2024
De acuerdo a la Directiva N°0005-2021- EF/54.01 "Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras", modificaciones y Anexos, establece en su artículo 24.2. que el Cuadro multianual de necesidades deberá ser aprobado por el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o a quien se hubiera delegado dicha facultad, dentro de los doce (12) días hábiles siguientes a la aprobación del PIA. La aprobación del CMN se efectúa mediante la suscripción del Anexo N°04 de la Directiva.