Ordenanza Municipal N.° 135-11-CMPP

10 de diciembre de 2024

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la ADECUACIÓN e INCORPORACIÓN de los ciento cuarenta y nueve (149) procedimientos administrativos y un (1) servicio prestado en exclusividad estandarizados de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación, en el TUPA aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 034-2008-C/CPP y modificatorias, en virtud al Decreto Supremo N° 146-2023-PCM, conforme se detalla en el Anexo 1, que forma parte integrante del presente Ordenanza. (PUBLICADA EN EL DIARIO LA REPUBLICA, EL 14 DE ENERO DE 2025).
ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR, los derechos de tramitación, requisitos, plazos de atención, calificación y atención de recursos impugnatorios de los ciento cuarenta y nueve (149) procedimientos administrativos y un (1) servicio prestado en exclusividad estandarizados de licencias de habilitación y licencias de edificación contenidos en el Anexo 1, que forma parte integrante del presente Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.- APROBAR, la ACTUALIZACIÓN de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de la Subgerencia de Servicios Comerciales, Licencias y Control Sanitario contenidos en el Anexo, que forma parte integrante del presente Ordenanza, así como sus derechos de tramitación, requisitos, plazos de atención, calificación y atención de recursos impugnatorios contenidos en el Anexo 2, que forma parte integrante del presente Ordenanza.
ARTÍCULO CUARTO.- APROBAR, la CREACIÓN del procedimiento administrativo denominado: “Autorización para Ferias dentro de Centros Comerciales” y el servicio prestado en exclusividad denominado: “Duplicado de Licencia de Funcionamiento”, así como sus derechos de tramitación, requisitos, plazos de atención, calificación y atención de recursos impugnatorios y disponer su INCORPORACIÓN en la sección del TUPA a cargo de la Subgerencia de Servicios Comerciales, Licencias y Control Sanitario.
ARTÍCULO QUINTO.- ELIMINAR, del Texto Único de Procedimientos de la Municipalidad Provincial de Piura los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de la Subgerencia de Desarrollo Urbano, Rural y Catastro y de la Subgerencia de Servicios Comerciales, Licencias y Control Sanitario señalados en el Anexo 3, que forma parte integrante del presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEXTO.– ENCARGAR ,a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano o el diario que corresponda y a la Oficina General de Tecnologías de Información, su publicación en el portal de servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE), portal institucional de la Municipalidad Provincial de Piura y otros que correspondan.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Esta norma pertenece al compendio Ordenanzas Municipales 2024

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