Resolución de Alcaldía N.° 1052-2024-A/MPP
31 de octubre de 2024
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR,PROCEDENTE, lo solicitado por el administrado JAVIER PASACHE PANTA, a través del Expediente de Registro Nº 0028323, de fecha 14 de junio de 2024, en su calidad de trabajador Obrero Contratado a Plazo Indeterminado, de la Municipalidad Provincial de Piura, bajo el régimen laboral del D. Leg. 728 y su Reglamento D.S. 003-97-TR, relacionado a RECONOCIMIENTO DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR, de su hijo Fernando Javier Pasache Saldarriaga, acorde a lo reconocido mediante Pacto Colectivo aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 1719-2012-A/MPP, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR, IMPROCEDENTE, lo relacionado a pago de reintegro de los montos dejados de percibir por concepto de asignación familiar, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, a la Oficina de General de Gestión de Recursos Humanos, en coordinación con la Oficina de Procesos Técnicos y Bienestar Social, como responsables de verificar y llevar un control del cumplimiento de los requisitos exigidos por Ley, los cuales deben ser acreditados por el servidor, así como el registro en el Sistema Integral de Gestión Municipal – Módulo de Recursos Humanos, para cuyo efecto deberá informar a la Oficina de Remuneraciones, para las acciones que correspondan respecto a la caducidad. De la cual se entiende que está referida al tiempo de otorgamiento o vigencia del beneficio, según las condiciones o plazos señalados, en el artículo 2º de la Ley Nº 25129, en donde se establece que los trabajadores de la actividad privada, percibirán ASIGNACIÓN FAMILIAR, se fija de acuerdo a los requisitos establecidos por Ley, “Tienen derecho a percibir esta asignación los trabajadores que tengan a su cargo uno o más hijos menores de 18 años”, siendo así, se concluye que superada esta edad, el beneficio caduca o desaparece, salvo que se dé el segundo supuesto que también se señala en la ley, respecto a que el hijo, al cumplir la mayoría de edad, se encuentre cursando estudios superiores, siendo responsabilidad del servidor acreditar con los requisitos legales para la ampliación de la asignación familiar.
ARTÍCULO CUARTO.- ORDENAR, a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, dar cumplimiento a lo resuelto en el artículo primero de la presente resolución, asimismo en coordinación con la Oficina General de Administración, oportunamente se practique la liquidación de la Asignación Familiar, que le pudieran corresponder al Sr. Javier Pasache Panta - trabajador municipal, se atenderá conforme a la disponibilidad presupuestal y financiera de la entidad.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER, que la Oficina de Presupuesto, realice las modificaciones presupuestales que resultan necesarias, a fin de dar cumplimiento a lo resuelto en la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Alcaldía 2024