Resolución de Alcaldía N.° 1043-2024-A/MPP

29 de octubre de 2024

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR NULAS LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES: Resolución Jefatural Nº 001-2022-OTyCV/MPP, de fecha San Miguel de Piura, 18 de enero de 2022; Resolución de Alcaldía Nº 0429-2022-A/MPP, de fecha San Miguel de Piura, 29 de abril de 2022 y Resolución de Alcaldía Nº 0087-2024-A/MPP, de fecha San Miguel de Piura, 10 de enero de 2024, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.– DISPONER a la Gerencia de Transporte y Movilidad Urbana, en coordinación con la Subgerencia de Transporte, efectuar las acciones pertinentes que conlleven al cumplimiento de lo resuelto el artículo precedente, en lo relacionado a lo que le corresponde, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO.– ENCARGAR, a la Procuraduría Pública Municipal, en coordinación con las áreas pertinentes, efectuar las acciones pertinentes que conlleven al cumplimiento de lo resuelto en estricto cumplimiento de las normas correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO.- PRECISAR que en virtud del principio de Buena Fe y Presunción de Veracidad que rigen el D.S. 004-2019-JUS, este Despacho de Alcaldía debe asumir que los estamentos competentes de esta Entidad Pública le proporcionan información que se ajusta a la realidad y que es correcto, debiendo proceder conforme a ella, Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de fiscalización posterior

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