Resolución de Alcaldía N.° 0971-2024-A/MPP

3 de octubre de 2024

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR FUNDADO lo solicitado por Don EDUARDO AUGUSTO GARCÍA SEMINARIO; a través del Expediente de Registro Nº 043730, de fecha 09 de septiembre de 2024, EN CONSECUENCIA: DECLARAR LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por Don EDUARDO AUGUSTO GARCÍA SEMINARIO y Doña MARÍA SANDRA BRACAMONTE GUARDERAS,cuyo matrimonio fue celebrado en la Municipalidad Provincial de Piura, el día 03 de octubre de 1998, acogiéndose al Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior entre las Municipalidades y las Notarias, de conformidad con el artículo 7º de la Ley Nº 29227 y el Artículo 13º de su Reglamento aprobado con D.S. Nº 009-2008-JUS, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, a la Oficina de Separación Convencional y Divorcio Ulterior de la Municipalidad Provincial de Piura, la ANOTACIÓN E INSCRIPCIÓN de la presente Resolución, en el Registro Personal de la SUNARP y en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
ARTÍCULO TERCERO.- ESTABLECER, que la presente Resolución agota el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior celebrado ante la Municipalidad Provincial de Piura.
ARTÍCULO CUARTO.- REMITASE, a la Oficina encargada de los trámites de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, los actuados para los fines pertinentes, debiendo NOTIFICAR a los administrados la presente Resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Alcaldía 2024

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