Ordenanza Municipal N.° 388-01-CMPP

19 de marzo de 2024

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la modificación de la ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA, disponiendo la separación de la Subgerencia de Obras y Liquidaciones, debiendo convertirse en Subgerencia de Obras y la Subgerencia de Liquidaciones, conforme se detalla: (PUBLICADA EN EL DIARIO CORREO, EL DÍA JUEVES 11 DE ABRIL DE 2024)
 
DICE:

ARTÍCULO 97º.- Organización de la Gerencia de Desarrollo Territorial y Gestión de Inversiones
   La Gerencia de Desarrollo Territorial y Gestión de Inversiones para el cumplimiento de sus funciones en   
   el marco de los dispositivos legales vigentes, cuenta con las siguientes unidades orgánicas:
·         Subgerencia de Planificación Territorial
·         Subgerencia de Estudios y Proyectos
·         Subgerencia de Obras y Liquidación
·         Subgerencia de Desarrollo Urbano, Rural y Catastro
·         Subgerencia de Asentamientos Humanos, Saneamiento y Titulación
·         Subgerencia de Área Técnica Municipal (ATM)

DEBE DECIR:
 
ARTÍCULO 97º.- Organización de la Gerencia de Desarrollo Territorial y Gestión de Inversiones.
La Gerencia de Desarrollo Territorial y Gestión de Inversiones para el cumplimiento de sus funciones en el marco de los dispositivos legales vigentes, cuenta con las siguientes unidades orgánicas:  
 
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Oficina de Modernización Institucional, el desarrollo de las acciones que permitan la incorporación en el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN FUNCIONES de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA; los Artículos correspondiente en donde se detalle, la concepción de la Subgerencia de Obras y la Subgerencia de Liquidaciones; y, los Artículos correspondientes en donde se detalle las funciones generales, tal y como consta en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
 
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, las acciones correspondientes que permitan la incorporación correspondiente al Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la entidad y del Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
 
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a la Oficina de Modernización Institucional, a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y a las unidades de orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en el extremo de sus atribuciones y facultades.

Esta norma pertenece al compendio Ordenanzas Municipales 2024

Documentos

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