Resolución de Alcaldía N.° 0766-2023-A/MPP

18 de setiembre de 2023

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR LOS RESULTADOS FINALES DEL PROCESO DE PRIMERA CONVOCATORIA DE CARÁCTER TEMPORAL 2023, para la contratación de personas que han sido seleccionadas, para la ejecución del Programa Temporal, en el Marco de la Emergencia Nacional, por Desastre de Gran Magnitud, ha consecuencia de intensas precipitaciones pluviales para la recuperación y limpieza de espacios públicos en la ciudad de Piura, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo a modalidad por servicio especifico a Plazo Determinado y sujeto a periodo de prueba, según lo establecido en el Artículo 63º del TUO del D. Leg. 728, dentro del Marco de la Ley Nº 31254, Ley que prohíbe la tercerización y toda forma de intermediación laboral de los servicios de limpieza pública y afines que prestan servicios los obreros municipales, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR a la Oficina de Personal, proceda a la emisión de los respectivos contratos, al personal que han sido seleccionadas, conforme a lo informado por el Presidente de la Comisión Evaluadora de Méritos: SETENTA Y DOS (72) personas seleccionadas, es decir treinta (30) trabajadores para limpieza pública, treinta (30) trabajadores para jardinería y doce (12) choferes de serie AII (05) y AIII (07), y que empezaran a laborar con EFICACIA ANTICIPADA a partir del 09 de agosto de 2023 al sábado 04 de noviembre de 2023, esto en mérito a la Ejecución del Programa Temporal en el Marco de Emergencia Nacional, Por Desastre de Gran Magnitud, a Consecuencia de intensas precipitaciones pluviales para la recuperación de espacios públicos en la ciudad de Piura, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo a modalidad por servicio especifico a Plazo Determinado y sujeto a periodo de prueba, según lo establecido en el Artículo 63º del TUO del D. Leg. 728, dentro del Marco de la Ley Nº 31254, Ley que prohíbe la tercerización y toda forma de intermediación laboral de los servicios de limpieza pública y afines que prestan servicios los obreros municipales,

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Alcaldía 2023

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