Resolución de Alcaldía N.° 0401-2023-A/MPP
3 de mayo de 2023
ARTÍCULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL dispuesto por la Primera Sala Civil de Piura – Corte Superior de Justicia de Piura, a través de la RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA (40) – SENTENCIA DE VISTA, de fecha 10 de agosto de 2017, recaída en el Expediente Nº 04180-2008-0-2001-JR-CI-01, sobre Proceso Contencioso Administrativo, seguido por el demandante Don CÉSAR AUGUSTO FERNÁNDEZ ALBURQUEQUE, en su calidad de Presidente del Comité de Lucha y Expansión y Desarrollo Urbano de Piura, contra la Municipalidad Provincial de Piura, EN CONSECUENCIA:
- DECLARAR, NULA y SIN EFECTO LEGAL la Resolución de Alcaldía N° 090-2008-A/MPP, de fecha 30 de enero de 2008, que reconoce a “VILLA PIURA” como Asentamiento Humano, en el sector sur de la ciudad de Piura, conforme a lo dispuesto por el Órgano Jurisdiccional.
- DECLARAR, NULA y SIN EFECTO LEGAL la Resolución de Alcaldía N° 572-2008-A/MPP, de fecha 03 de julio de 2008, que declara infundado el recurso de reconsideración interpuesto por el Señor Oscar Cervantes Briceño, contra la Resolución de Alcaldía Nº 090-2008-A/MPP, conforme a lo dispuesto por el Órgano Jurisdiccional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- RECONOCER, en vías de regularización a “VILLA PIURA”, como ASENTAMIENTO HUMANO “VILLA PIURA”, ubicado en el sector sur de la ciudad de Piura, de acuerdo a lo dispuesto por el Órgano Jurisdiccional y acorde a los considerandos expuestos en la presente Resolución de Alcaldía, cuyas linderos son las siguientes:
POR EL NORTE.- Terrenos del Estado “ex Fundo Coscomba” (Zona B del Proyecto de Expansión Urbana Los Polvorines).
POR EL SUR.- Terrenos del Estado “ex Fundo Coscomba” (Zona C del Proyecto de Expansión Urbana Los Polvorines).
POR EL ESTE.- Avenida Guillermo Gullman.
POR EL OESTE.- Terrenos del Estado “ex Fundo Coscomba” (Nuevo Dren Los Polvorines – Sector La Península).
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER a la Gerencia Territorial y de Transporte, en coordinación con la Oficina de Asentamientos Humanos, continuar con los trámites administrativos necesarios a efectos de realizar las acciones de Saneamiento Físico Legal de dicho Asentamiento Humano.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Procuraduría Pública Municipal, remita copia de la presente Resolución de Alcaldía al señor Juez del Quinto Juzgado Civil de Piura – Corte Superior de Justicia de Piura, informando el cumplimiento del mandato judicial.
ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFICAR la presente a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Asesoría Jurídica, a la Gerencia de Administración, a la Procuraduría Pública Municipal, a la Oficina de Asentamientos Humanos, a la División de Catastro y a Don CÉSAR AUGUSTO FERNÁNDEZ ALBURQUEQUE, en su calidad de Presidente del Comité de Lucha y Expansión y Desarrollo Urbano de Piura, para los fines que estime correspondiente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Alcaldía 2023