Resolución de Alcaldía N.° 1107-2022-A/MPP
22 de diciembre de 2022
ARTÍCULO PRIMERO.- RECTIFICAR, de Oficio, el error material incurrido en el Artículo Sexto de la parte resolutiva de la Resolución de Alcaldía Nº 0540-2022-A/MPP, de fecha 14 de junio de 2022, en el extremo siguiente:
DICE:
“(…) ARTÍCULO SEXTO.- DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 50º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y el artículo 228º del T.U.O. de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.
DEBE DECIR:
ARTÍCULO SEXTO.- CONTINUESE, con el presente procedimiento administrativo, en atención a lo resuelto en los artículos precedentes, es salvaguarda del debido procedimiento administrativo contemplado en el TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, aprobado con D.S. Nº 004-2019-JUS.
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