Resolución de Alcaldía N.° 1100-2022-A/MPP

21 de diciembre de 2022

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el ACUERDO CONCILIATORIO A TRAVÉS DEL ACTA DE CONCILIACIÓN CON ACUERDOS TOTALES Nº 121-2022, de fecha 18 de noviembre de 2022, llevado a cabo en el Centro de Conciliación “ARECAM”, Expediente Nº 115-2022, puesto de conocimiento por el Abg. EDSON MONTALBAN SANDOVAL, en su condición de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Provincial de Piura, en cumplimiento de sus funciones y en defensa de los intereses de la entidad municipal, suscrita con el Ing. ALBERTO DAVILA FARFÁN - Representante Legal de CONSORCIO INTEGRADO D&T, en los siguientes términos:  
 
       “(…)PRIMERO: OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO
Los señores CONSORCIO INTEGRADO D&T, debidamente representados por el Sr. Alberto Dávila Farfán y la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA, debidamente representados por el Procurador Abg. EDSON MONTALBAN SANDOVAL, acuerdan lo siguiente:                  

- Según Resolución de Alcaldía Nº 0978-2022-A/MPP, le autorizan a conciliar, al procurador Abg. EDSON MONTALBAN SANDOVAL, hasta por el monto máximo de 15% del monto del contrato de la supervisión, AS 20-2020-CS/MPP, la supervisión de la obra denominada: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA URBANIZACION RESIDENCIAL PIURA – DISTRITO Y PROVINCIA DE PIURA”, según Contrato Nº 051-2022-OL/MPP, lo cual, de acuerdo a lo informado por la parte técnica, ES POR LA SUMA DE S/.10,975.50 (DIEZ MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 50/100 SOLES).

 -Los solicitantes CONSORCIO INTEGRADO D&T, debidamente representados por el Sr. ALBERTO DAVILA FARFAN, ACEPTANEL PAGO ANTES MENCIONADO, solicitando se realice un plazo de 15 días hábiles, cuyo monto deberá ser abonado a la cuenta Nº 0011-0268-0200479252, CCI Nº 011-268-00020047925205 del BBVA, a nombre de ALBERTO DAVILA FARFÁN, este acuerdo regirá a partir de la suscripción de la presente Acta. 

SEGUNDO.- Los solicitantes, CONSORCIO INTEGRADO D&T, debidamente representado por el Sr. ALBERTO DAVILA FARFAN, renuncia al pago de costas y costos más los intereses legales, por la demora en el pago. Este acuerdo regirá a partir de la suscripción de la presente Acta”; 

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Alcaldía 2022

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