Acuerdo Municipal N.° 123-2008-C/CPP

31 de diciembre de 2008

Declarar Improcedente la solicitud formulada por el Hno. Benigno Chahuillco Allahua de la A.O.H. Hogar Clínica San Juan de Dios, en mérito a los consideraciones expuestos en el presente Acuerdo.

Esta norma pertenece al compendio Acuerdos Municipales 2008

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am123-2008

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