Resolución de Alcaldía N.° 0724-2016-A/MPP
17 de agosto de 2016
Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por el señor JUAN LUIS GIRON HUERTAS, mediante el Expediente de Registro N° 000027606 de fecha 03 de Junio de 2016, contra la Resolución Jefatural N° 58-2016-OFyC-GSECOM/MPP de fecha 23 de Mayo de 2016, que resuelve declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por el administrado PC TECH SOLUTIONS PERU S.R.L. con RUC Nº 20546447083 contra la Resolución Jefatural de Sanción Nº 56-2016-OFyC/GSECOM/MPP de fecha 02/03/2016, en virtud a lo señalado por el Art. 56º de la O.M Nº 125-00-CMPP., en consecuencia subsiste los efectos legales de la Resolución impugnada lo cual impone al administrado el pago de la multa equivalente al 25% del valor de 01 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), por la comisión de la infracción POR INSTALAR ANUNCIOS PUBLICITARIOS Y/O PUBLICIDAD EXTERIOR SIN AUTORIZACIÓN MUNICIPAL (tiendas, bodegas, otros establecimientos MYPES), contemplada en el código 01-323 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Provincial de Piura, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Alcaldía 2016