Resolución de Alcaldía N.° 0632-2016-A/MPP

13 de julio de 2016

Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación, interpuesto por la señora MARÍA ISABEL AMELIA MORALES GUEVARA, titular del establecimiento ?El Caballo Rojo?, mediante el Expediente de Registro N° 000016192 de fecha 04 de Abril de 2016, contra la Resolución Jefatural N° 18-2016-OFyC-GSECOM/MPP de fecha 28 de Marzo de 2016, que resuelve DECLARAR INFUNDADO el recurso de reconsideración presentada por la administrada Sra. María Isabel Amelia Morales Guevara, contra la RESOLUCIÓN JEFATURAL DE SANCIÓN Nº 006-2016-OFyC/GSECOM/MPP de fecha 15/01/2016, en virtud a lo señalado por el Art. 56 de la Ordenanza Municipal Nº 125-00-CMPP; en consecuencia subsiste los efectos legales de la Resolución impugnada lo cual impone al administrado el pago de la multa equivalente al 25% del valor de 01 UIT (Unidad Impositiva Tributaria) por la comisión de la infracción Por ejercer giro distinto al autorizado en la licencia de funcionamiento contemplada en el código (02-004) del cuadro único de infracciones y sanciones (CUIS) de la Municipalidad Provincial de Piura, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Alcaldía 2016

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