Resolución Directoral N.° 413-2025-MPP-OGAT
14 de agosto de 2025
DECLARAR INFUNDADA, LA PRETENSION PROMOVIDA POR PARTIDA N°11033290 Y PARTIDA N°11033289, SOBRE BENEFICIO DE DEDUCCION DE 50 UIT DEL IMPUESTO PREDIAL POR SER PENSIONISTA; RESPECTO A SU PREDIO UBICADO EN HAB.URB.RENACER PSJE. 22MZ. X1 LT8, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE PISCO CON CODIGO DE PREDIO N°09360064-001; CONFORME A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTO EN LA PRESENTE RESOLUCION.
Esta norma pertenece al compendio OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - 2025