Resolución Directoral N.° 208-2023-MPP-OGAT
9 de mayo de 2023
Declarar FUNDADA la pretensión solicitada por Doña PAULA HERMILA CHACALTANA UCHUYA, sobre Deducción de 50 UIT del Impuesto Predial por ser Adulto MayorPensionista respecto a su predio ubicado en Nuestra señera de las Américas Lote 09 Mz. 8 del Distritoy Provincia de Pisco, con Código de Predio Nº.22380009. AUTORIZAR la DEDUCCION de la BaseImponible del Impuesto Predial en un monto equivalente a 50 UIT a la interesada contribuyente, a partir
del Ejercicio Fiscal del año 2023, respecto al bien inmueble antes referido con Código de PredioNº22380009 y debiéndose RENOVAR cada 03 años dicho beneficio, conforme a los fundamentosexpuestos en la presente resolución.
del Ejercicio Fiscal del año 2023, respecto al bien inmueble antes referido con Código de PredioNº22380009 y debiéndose RENOVAR cada 03 años dicho beneficio, conforme a los fundamentosexpuestos en la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - 2023