Resolución Directoral N.° 121-2023-MPP-OGAT
8 de marzo de 2023
Declarar FUNDADA la pretensión solicitada por Don TEOBALDO ELIAS BERNAOLA QUISPE, sobre Beneficio de Deducción de 50 UIT del Impuesto Predial por ser Pensionista, respecto a su predio ubicado en Calle San Clemente Nº104 del Distrito y Provincia de Pisco. En consecuencia,AUTORIZAR la DEDUCCION de la Base Imponible del Impuesto Predial en un monto equivalente a 50 UIT alinteresado contribuyente, a partir del Ejercicio Fiscal del año 2023, respecto al bien inmueble antes referido,debiéndose RENOVAR cada 03 años dicho beneficio; conforme a los fundamentos expuestos en la presenteresolución.
Esta norma pertenece al compendio OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - 2023