Resolución de Gerencia Municipal N.° 0508-2025-GM-MPP/C
18 de setiembre de 2025
Declarar PROCEDENTE SANCIONAR al administrado MAXIMO PUMALLIQUE
PERALTA, identificado con DNI N° 47049881, en merito a Ia Papeleta de Infracción N° 007249 de fecha 03 de enero
del 2023, con código de Infracción M—02 "Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo
previsto en el Código Penal, bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobada con el exámen
respectivo o por negarse al mismo." según el cuadro de tipificación, multas y medidas preventivas aplicables a las
infracciones de tránsito terrestre corresponde conforme al Decreto Supremo N° 016-2009-MTC, modificado por el
Decreto Supremo N° 029-2009-MTC, infracción que se encuentra calificada como Muy Grave, sancionable con una
multa pecuniaria ascendente a la suma de S/. 2,475.00 (dos mil cuatrocientos setenta y cinco con 00/100 soles), y
suspensión de la licencia de conducir por tres (03) años, Internamiento del vehículo y retención de la licencia de conducir
y como sanción no pecuniaria de acumulación de cero (00) puntos en el récord de conductor, según el siguiente detalle:
PERALTA, identificado con DNI N° 47049881, en merito a Ia Papeleta de Infracción N° 007249 de fecha 03 de enero
del 2023, con código de Infracción M—02 "Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo
previsto en el Código Penal, bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobada con el exámen
respectivo o por negarse al mismo." según el cuadro de tipificación, multas y medidas preventivas aplicables a las
infracciones de tránsito terrestre corresponde conforme al Decreto Supremo N° 016-2009-MTC, modificado por el
Decreto Supremo N° 029-2009-MTC, infracción que se encuentra calificada como Muy Grave, sancionable con una
multa pecuniaria ascendente a la suma de S/. 2,475.00 (dos mil cuatrocientos setenta y cinco con 00/100 soles), y
suspensión de la licencia de conducir por tres (03) años, Internamiento del vehículo y retención de la licencia de conducir
y como sanción no pecuniaria de acumulación de cero (00) puntos en el récord de conductor, según el siguiente detalle:
