Resolución de Alcaldía N.° 194-2024-A-HMPP-PASCO
LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES
17 de julio de 2024
DELEGAR, al GERENTE MUNICIPAL de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO; las siguientes facultades administrativas y resolutivas del alcalde:
1. Aprobar las bases de los diferentes procedimientos de selección, descritos en las normas de contratación púbica.
2. Aprobación y modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones.
3. Celebrar contratos de bienes y servicios, menor o igual a 8 unidades impositivas tributarias (UIT).
4. Celebrar los actos de contratación de personal administrativo y operativo en sus diversas modalidades contractuales.
5. Celebrar los contratos de concesión de ruta y demás afines.
6. Celebrar contratos derivados de procedimiento de selección (contratación pública).
7. Celebrar contratos de supervisión de obras por impuesto.
8. Designar los Comités Especiales y permanentes o Ad Hoc que conducirán los procesos de selección para la contratación de bienes, servicios, ejecución y consultoría de obras, en los diversos procesos de selección, conforme a lo prescrito en la Ley y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente.
9. Disponer la reducción de bienes y servicios, así como la prestación de servicios adicionales de bienes y servicios, hasta por el 25% del monto contratado, siempre que se cuente con la asignación presupuestal necesaria, conforme lo prevé la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente
10. Aprobar las propuestas económicas de los postores que superen el valor referencial en los procesos de selección hasta un límite del 10%, siempre que se encuentre con la asignación de recursos suficientes, de acuerdo al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente.
11. Aprobar los expedientes técnicos de las obras a ejecutarse por la Municipalidad.
12. Aprobación de Expedientes de Contratación, de los diversos procesos de selección.
13. Aprobar ampliaciones de plazo de los diversos contratos ejecutados por contrata y administración directa.
14. Aprobar la Conformación del Comité de Recepción de Obras.
15. Aprobar todas las modificaciones realizadas al contrato derivado de un procedimiento de selección.
16. Aprobar la cancelación de los procedimientos de Selección que lleve a cabo la Municipalidad.
17. Resolver mediante Resolución de Gerencia Municipal los contratos suscritos por la Municipalidad, en forma parcial o total derivados de los procedimientos de selección y demás contratos suscritos por el Gerente Municipal.
18. Resolver los recursos de apelación, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus modificatorias, siendo el único responsable por la emisión del acto que resuelve el recurso, requiriendo la opinión previa de las unidades orgánicas pertinentes
19. Aprobar, la liquidación técnica – financiera de los contratos que deriven de los diversos procedimientos se selección; asimismo respecto aquellos proyectos ejecutados por administración directa y obras por impuesto.
20. Designar al Inspector respectivo, en la ejecución de obras derivadas de los procedimientos de selección, de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias.
21. Aprobación del expediente técnico de las prestaciones adicionales, y/o deductivo vinculante.
22. Celebrar los contratos de alquileres, así como resolver, rescindir, dar por
concluido los contratos,
solicitar la devolución y/o restitución de los diversos bienes de la entidad.
23. Aprobar los Diferentes Planes de Trabajos y demás afines que, elaboren las diversas unidades orgánicas de la entidad.
24. Celebrar Contratos de Locación de Servicios con Profesionales y/o Técnicos, al amparo de lo previsto en el Código Civil.
25. Emitir Resoluciones aprobando el Rol de Vacaciones del año fiscal.
26. Supervisar la recaudación municipal, un buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al Sector Privado.
27. Resolver en segunda instancia los Recursos de Apelación que formulen contra las Resoluciones Gerenciales.
28. Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en nombre y representación de la Municipalidad Provincial de Pasco, con atribuciones específicas suficientes pueda participar en conciliaciones y suscribir los acuerdos en el ámbito extrajudicial, en salvaguarda de los intereses de la Entidad y dentro de los parámetros establecidos por el Sistema de Defensa Jurídica del Estado.
29. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna.
30. Aprobar la reconstrucción de documentos o expedientes administrativos en caso de extravío, siniestro, deterioro, robo o hurto y en caso resultara imposible la reconstrucción, declarar el archivamiento.
31. Aprobar directivas, reglamentos o resolviendo asuntos administrativos en materia relacionadas con la gestión municipal.
32. Emitir actos resolutivos sobre saneamiento físico legal: Resoluciones de subdivisión, e independización, preinscripción adquisitiva de dominio y, además temas relacionados con las funciones de la Sub Gerencia de Desarrollo Territorial.
1. Aprobar las bases de los diferentes procedimientos de selección, descritos en las normas de contratación púbica.
2. Aprobación y modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones.
3. Celebrar contratos de bienes y servicios, menor o igual a 8 unidades impositivas tributarias (UIT).
4. Celebrar los actos de contratación de personal administrativo y operativo en sus diversas modalidades contractuales.
5. Celebrar los contratos de concesión de ruta y demás afines.
6. Celebrar contratos derivados de procedimiento de selección (contratación pública).
7. Celebrar contratos de supervisión de obras por impuesto.
8. Designar los Comités Especiales y permanentes o Ad Hoc que conducirán los procesos de selección para la contratación de bienes, servicios, ejecución y consultoría de obras, en los diversos procesos de selección, conforme a lo prescrito en la Ley y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente.
9. Disponer la reducción de bienes y servicios, así como la prestación de servicios adicionales de bienes y servicios, hasta por el 25% del monto contratado, siempre que se cuente con la asignación presupuestal necesaria, conforme lo prevé la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente
10. Aprobar las propuestas económicas de los postores que superen el valor referencial en los procesos de selección hasta un límite del 10%, siempre que se encuentre con la asignación de recursos suficientes, de acuerdo al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente.
11. Aprobar los expedientes técnicos de las obras a ejecutarse por la Municipalidad.
12. Aprobación de Expedientes de Contratación, de los diversos procesos de selección.
13. Aprobar ampliaciones de plazo de los diversos contratos ejecutados por contrata y administración directa.
14. Aprobar la Conformación del Comité de Recepción de Obras.
15. Aprobar todas las modificaciones realizadas al contrato derivado de un procedimiento de selección.
16. Aprobar la cancelación de los procedimientos de Selección que lleve a cabo la Municipalidad.
17. Resolver mediante Resolución de Gerencia Municipal los contratos suscritos por la Municipalidad, en forma parcial o total derivados de los procedimientos de selección y demás contratos suscritos por el Gerente Municipal.
18. Resolver los recursos de apelación, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus modificatorias, siendo el único responsable por la emisión del acto que resuelve el recurso, requiriendo la opinión previa de las unidades orgánicas pertinentes
19. Aprobar, la liquidación técnica – financiera de los contratos que deriven de los diversos procedimientos se selección; asimismo respecto aquellos proyectos ejecutados por administración directa y obras por impuesto.
20. Designar al Inspector respectivo, en la ejecución de obras derivadas de los procedimientos de selección, de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias.
21. Aprobación del expediente técnico de las prestaciones adicionales, y/o deductivo vinculante.
22. Celebrar los contratos de alquileres, así como resolver, rescindir, dar por
concluido los contratos,
solicitar la devolución y/o restitución de los diversos bienes de la entidad.
23. Aprobar los Diferentes Planes de Trabajos y demás afines que, elaboren las diversas unidades orgánicas de la entidad.
24. Celebrar Contratos de Locación de Servicios con Profesionales y/o Técnicos, al amparo de lo previsto en el Código Civil.
25. Emitir Resoluciones aprobando el Rol de Vacaciones del año fiscal.
26. Supervisar la recaudación municipal, un buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al Sector Privado.
27. Resolver en segunda instancia los Recursos de Apelación que formulen contra las Resoluciones Gerenciales.
28. Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en nombre y representación de la Municipalidad Provincial de Pasco, con atribuciones específicas suficientes pueda participar en conciliaciones y suscribir los acuerdos en el ámbito extrajudicial, en salvaguarda de los intereses de la Entidad y dentro de los parámetros establecidos por el Sistema de Defensa Jurídica del Estado.
29. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna.
30. Aprobar la reconstrucción de documentos o expedientes administrativos en caso de extravío, siniestro, deterioro, robo o hurto y en caso resultara imposible la reconstrucción, declarar el archivamiento.
31. Aprobar directivas, reglamentos o resolviendo asuntos administrativos en materia relacionadas con la gestión municipal.
32. Emitir actos resolutivos sobre saneamiento físico legal: Resoluciones de subdivisión, e independización, preinscripción adquisitiva de dominio y, además temas relacionados con las funciones de la Sub Gerencia de Desarrollo Territorial.