Resolución de Gerencia Municipal N.° 00153-2025-MPP/GM
RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL
29 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la liquidación técnico financiera del Contrato N°020-2024-MPP-GM, del Procedimiento Especial de Contratación N°08-2021-MPP-CS Primera Convocatoria para la ejecución de obra: Rehabilitación de la Institución Educativa N°407 del Centro Poblado La Islilla, distrito de Paita, provincia de Paita, departamento Piura”, con CUI N°2531189, con un costo total de inversión de S/4´266,675.93 (Cuatro millones doscientos sesenta y seis mil seiscientos setenta y cinco y 93/100 soles), con un saldo a favor del contratista YAKSETIG GUERRERO S.A. CONTRATISTAS GENERALES por un monto S/545,431.78 (Quinientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y uno con 78/100 soles), conforme a los fundamentos de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO : DISPONER a la Gerencia de Administración y Finanzas la devolución de la la devolución de la Carta fianza N°001444574840 y sus renovaciones otorgadas por el contratista para garantizar el cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER a la Gerencia de Administración y Finanzas y la Subgerencia de Contabilidad, o las que hagan sus veces, ejecuten y ordenen los procesos necesarios para el registro de la obra pública como activo de la entidad.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR lo dispuesto en la presente Resolución al contratista YAKSETIG GUERRERO S.A. CONTRATISTAS GENERALES y la empresa CONSORCIO SUPERVISOR PIURA, encargada de la supervisión de la obra, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural y demás áreas administrativas correspondientes.
ARTÍCULO QUINTO: SOLICITAR a la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) la Transferencia de los recursos pendientes no transferidos que fueron parte del Financiamiento aprobado por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC).
ARTÍCULO SEXTO: DISPONER a la Subgerencia de Obras y Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural emitan un informe que determine la afectación económica ocasionada por la responsabilidad del proyectista y demás funcionarios, a efectos de hacer de conocimiento Procuraduría Pública Municipal y la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios a fin de determinar responsabilidad contractual o se identifique responsabilidad Disciplinaria de quienes aprobaron un expediente técnico defectuoso.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.
Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES DE GERENCIA MUNICIPAL AÑO 2025
