Resolución de Gerencia Municipal N.° 95-2024-MPP/GM
RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL
17 de julio de 2024
SE RESULEVE:
ARTICULO PRIMERO: DAR CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL, contenido en la Sentencia de Vista en la Resolución Nº Ocho (08) de fecha 31 de julio de 2023, derivada del Expediente Judicial Nº 02301-2022-1-2001-JR-LA-08, que resuelve: Confirmar la sentencia de fecha 078 de diciembre de 2022, mediante la cual se resuelve declarar fundada en parte la demanda presentada por SANTOS RISCO CHUNGA contra MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA, sobre desnaturalización de contratos y beneficios sociales. 2. En consecuencia; DECLARARON la desnaturalización de los contratos de locación de servicios de la accionante con la Municipalidad Provincial de Paita por los periodos comprendidos desde el 01 de marzo hasta el 30 de setiembre de 2015, desde el 01 al 31 de enero y desde el 01 al 30 de julio 2016, desde el 01 al 30 de marzo y desde el 01 de junio al 30 de julio de 2017, y desde el 01 de mayo al 30 de diciembre de 2018, correspondiendo reconocer durante esos periodos en un contrato a plazo indeterminado bajo el régimen de la actividad privada, en el cargo de obrero de limpieza pública. 3. Asimismo, ORDENARON que la demandada incorpore a la accionante en el libro de planilla de trabajadores a plazo indeterminado por los periodos reconocidos. 4. DISPUSIERON que la demandada cancele al accionante la suma de seis mil trescientos ochenta con 42/100 soles (S/ 6,380.42) por los conceptos de compensación por tiempo de servicios: S/ 1,610.42, vacaciones: S/ 1,500.00, gratificaciones: S/ 3,000.00, bonificación extraordinaria: S/ 270.00; más intereses legales y costos del proceso, los que se liquidaran en ejecución de sentencia; (…)”; ello, en virtud a los fundamentos de hecho y de derechos expuestos en la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL ponga de conocimiento al Cuarto Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Piura, el contenido de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO: HÁGASE de conocimiento lo dispuesto en la presente resolución al señor Santos Risco Chunga, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Recursos Humanos, Procuraduría Pública Municipal y a las áreas administrativas correspondientes.