Ordenanza Municipal N.° 353-2024-MDP/C
19 de diciembre de 2024
ORDENANZA QUE FIJA UN TOPE DEL MONTO A PAGAR POR EL INCREMENTO DE LOS ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025
APLIQUESE un tope máximo de 15% (quince por ciento) a los arbitrios municipales correspondientes a los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, por el incremento del monto a pagar según ordenanza N°346-2024-MDP/C, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el periodo 2025 en el Distrito de Pachacamac. Queda subsumido el tope fijado por la ordenanza municipal N°351- 2024-MDP/C dentro de la presente norma.
El tope fijado será de aplicación para los contribuyentes cuyos predios se encuentren debidamente registrados hasta el 31 de diciembre de 2024 y no será oponible cuando se realicen cambios en las características del predio o del uso del predio.
APLIQUESE un tope máximo de 15% (quince por ciento) a los arbitrios municipales correspondientes a los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, por el incremento del monto a pagar según ordenanza N°346-2024-MDP/C, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el periodo 2025 en el Distrito de Pachacamac. Queda subsumido el tope fijado por la ordenanza municipal N°351- 2024-MDP/C dentro de la presente norma.
El tope fijado será de aplicación para los contribuyentes cuyos predios se encuentren debidamente registrados hasta el 31 de diciembre de 2024 y no será oponible cuando se realicen cambios en las características del predio o del uso del predio.