Resolución de Alcaldía N.° 04-2025-MDO
4 de julio de 2025
Que, el artículo 1942 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 30305,
Ley de y Reforma Constitucional, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son
órganos del Gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo Il del Título Preliminar de la Ley N
27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Ley de y Reforma Constitucional, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son
órganos del Gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo Il del Título Preliminar de la Ley N
27972, Ley Orgánica de Municipalidades.