Resolución Gerencial N.° 078-2025-MPM/GM

27 de febrero de 2025

INICIAR el PROCEDIMIENTO DE NULIDAD DE OFICIO de la RESOLUCION GERENCIAL N° 056-2023-MPM/GDE, de fecha 02 de marzo del 2023, por estar inmerso en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, la cual señala que es un vicio del acto administrativo que causa su nulidad de pleno derecho: “La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias”, y porque se ha evidenciado que se otorgó la Licencia de Funcionamiento INDETERMINADA N°4109, a favor del Complejo Educativo Particular Alto Mayo E.I.R.L., sin tener en cuenta las normativas vigentes sobre trámite de Licencia de Funcionamiento
regulada en la Ley N°28976 artículo 6°, así como tampoco tuvo en cuenta lo dispuesto en el D.S. N°007-2016-JUS artículo 13° numeral 13.1 y 13.2, puesto que al parecer, dicho establecimiento se encuentra ubicado dentro de los 200 metros alrededor del centro penitenciario San Cristóbal – Moyobamba. Logrando así, restablecer el orden legal y el correcto procedimiento de otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento.





PUBLICADO EL 27/02/2025 - Exp. Nº611963

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES GERENCIALES - 2025

Vista preliminar de documento RG 078-2025-MPM-GM RESOLUCION GERENCIAL-  APERTURAR EL INICIO DE PROCEDIMIENTO DE NULIDAD (EXP. 611963)-QR (1) (1)

RG 078-2025-MPM-GM RESOLUCION GERENCIAL- APERTURAR EL INICIO DE PROCEDIMIENTO DE NULIDAD (EXP. 611963)-QR (1) (1)

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