Ordenanza Municipal N.° 14-2025-MDM/CM
ORDENANZA QUE APRUEBA LA TERCERA CAMPAÑA DE ANMISTÍA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN VÍA ORDINARIA Y COACTIVA POR EL ANIVERSARIO DEL DISTRITO DE MOCHUMÍ
30 de setiembre de 2025
PRIMERA.- FACULTAR al alcalde de la Municipalidad Distrital de Mochumi para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza y asimismo para que disponga su prórroga si fuera el caso.
SEGUNDA.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal.
TERCERA.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Área de Rentas, a través de la oficina de Tributación y Fiscalización Tributaria, Oficina de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de la presente ordenanza.
CUARTA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el día 01 octubre hasta el 28 de noviembre del 2025.
QUINTA.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial, y a la Oficina de Imagen Institucional, actualizar el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Mochumi.
SEGUNDA.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal.
TERCERA.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Área de Rentas, a través de la oficina de Tributación y Fiscalización Tributaria, Oficina de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de la presente ordenanza.
CUARTA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el día 01 octubre hasta el 28 de noviembre del 2025.
QUINTA.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial, y a la Oficina de Imagen Institucional, actualizar el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Mochumi.
