Decreto de Alcaldía N.° 02-2025-MDM/A
Disposición con carácter obligatorio de embanderamiento general
29 de setiembre de 2025
ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER con carácter obligatorio el EMBANDERAMIENTO GENERAL de las viviendas o inmuebles, instituciones públicas, privadas, religiosas, culturales, deportivas, locales comerciales y demás predios de la zona urbana (Obligatoriamente) y rural (Voluntaria) del distrito de Mochumi, a partir del Miércoles 01 de Octubre del 2025, hasta el Viernes 31 de Octubre del 2025, como acto cívico al conmemorarse los 201 Aniversario del Distrito.
ARTÍCULO SEGUNDO.- INVOCAR a los vecinos del Distrito de Mochumi, a fin de que realicen la limpieza de sus fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad.
ARTÍCULO TERCERO.- PRECISAR que el incumplimiento de las disposiciones contempladas en el presente dispositivo será pasible de multa, de acuerdo con lo dispuesto en el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 02-2018-MDM de fecha 28 de febrero de 2018.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General Oficina de Rentas y Fiscalización, Oficina de Imagen Institucional su cumplimiento, publicación y difusión respectiva.
ARTÍCULO SEGUNDO.- INVOCAR a los vecinos del Distrito de Mochumi, a fin de que realicen la limpieza de sus fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad.
ARTÍCULO TERCERO.- PRECISAR que el incumplimiento de las disposiciones contempladas en el presente dispositivo será pasible de multa, de acuerdo con lo dispuesto en el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 02-2018-MDM de fecha 28 de febrero de 2018.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General Oficina de Rentas y Fiscalización, Oficina de Imagen Institucional su cumplimiento, publicación y difusión respectiva.