Ordenanza Municipal N.° 07-2025-MDM/A
"ORDENANZA QUE APRUEBA AMNISTÍA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN VÍA ORDINARIA Y COACTIVA EN EL DISTRITO DE MOCHUMÍ"
30 de junio de 2025
PRIMERA.- FACULTAR al alcalde de la Municipalidad Distrital de Mochumi para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza y asimismo para que disponga su prórroga si fuera el caso.
SEGUNDA.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal.
TERCERA.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Área de Rentas, a través de la oficina de Tributación y Fiscalización Tributaria, Oficina de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de la presente ordenanza.
CUARTA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el día 01 julio hasta el 31 de agosto del 2025.
QUINTA.-ENCARGAR a la Gerencia Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial, y a la Oficina de Imagen Institucional, actualizar el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Mochumi.
SEGUNDA.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal.
TERCERA.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Área de Rentas, a través de la oficina de Tributación y Fiscalización Tributaria, Oficina de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de la presente ordenanza.
CUARTA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el día 01 julio hasta el 31 de agosto del 2025.
QUINTA.-ENCARGAR a la Gerencia Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial, y a la Oficina de Imagen Institucional, actualizar el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Mochumi.