Ordenanza Municipal N.° 05-2025-MDM/A

ORDENANZA QUE ADECUA LA CREACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO Y PARTICIPATIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO, DE MOCHUMÍ, AL REGLAMENTO DEL CCONNA, APROBADO POR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N 152-202

1 de abril de 2025

Articulo Primero. - ADECUAR la creación del Concejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Mochumi, aprobada por Ordenanza N° 07-2016-MDM, al Reglamento del CCONNA aprobado por Resolución Ministerial N° 152-2023-MIMP

Articulo Segundo. - CONFORMACIÓN DEL CCONNA
El Consejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Mochumi, estará constituida por niñas, niños y adolescentes, entre ocho (08) y diecisiete (17) años de edad, representante de organizaciones y/o grupos de niñas, niños y adolescentes elegidos democráticamente, por el periodo de dos años.

Artículo Tercero. - ORGANIZACIÓN DEL CCONA

El CCONNA está conformado por la Asamblea General y el Equipo Coordinador:
-La Asamblea General, está constituida por los representantes elegidos de las diferentes organizaciones, grupos y/o asociaciones de niñas, niños y adolescentes existentes en el Distrito
-El Equipo Coordinador, será elegido entre los integrantes del CCONNA representantes de las organizaciones participantes, en Asamblea General y estará integrado por:

-Coordinador/a General
-Sub Coordinado/ar.
-Coordinador/a de Comunicación.
-Coordinador/a de Organización

Articulo Cuarto. - ELECCIÓN DE INTEGRANTES
El proceso de elección y sus funciones se rigen por lo establecido en el Reglamento de los Consejos Consultivos y Participativos de Niñas, Niños y Adolescentes emitido por el MIMP, en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente.

Articulo Quinto. - Designar a la Gerencia de Desarrollo Social o la que haga de sus veces y/o a la Defensoría Municipal de la Niña, Niño y Adolescente, como responsable del cumplimiento de las funciones que corresponde a los gobiernos locales con respecto al CCONNA

Articulo Sexto. - La presente Ordenanza Distrital entrará en vigencia al dia siguiente de su publicación, de acuerdo a lo establecido en el articulo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades.
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ORDENANZA MUNICIPAL N°05-2025-MDM/A

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