Resolución de Alcaldía N.° 133-2025-MDM-A
Reconocimiento a la Junta Directiva del COMITÉ DE VASO DE LECHE "SEÑOR DE LOS MILAGROS", del caserío TEPO SECTOR II
6 de mayo de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER, a la Junta Directiva del COMITÉ DE VASO DE LECHE "SEÑOR DE LOS MILAGROS", del caserío TEPO SECTOR II, distrito de Mochumi, cuya vigencia será de DOS (02) AÑOS 2025-2026, contados a partir de la fecha de notificada la presente Resolución, la misma que estará integrada por:
PRESIDENTA: ROSMERY ARIANET BURGOS SANDOVAL
SECRETARIA: INGRID ABIGAIL SANTISTEBAN ACOSTA
TESORERA: MÓNICA RUTH MORENO ALVARADO
VOCAL: MARIA HERMELINDA BALDERA INOÑAN
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, la inscripción de la nueva Junta Directiva del Comité de Vaso de Leche "SEÑOR DE LOS MILAGROS" en el Registro Única de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Distrital de Mochumi.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, a la oficina de Programas Sociales y demás áreas administrativas el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, la presente Resolución a la organización Social respectiva, y a las áreas pertinentes de la municipalidad, con las formalidades de Ley.
ARTÍCULO QUINTO: DISPONER al área de Tecnologías de la información y Comunicaciones, la Publicación de la presente Resolución en la página web de la Entidad y en el portal del Estado Peruano.
PRESIDENTA: ROSMERY ARIANET BURGOS SANDOVAL
SECRETARIA: INGRID ABIGAIL SANTISTEBAN ACOSTA
TESORERA: MÓNICA RUTH MORENO ALVARADO
VOCAL: MARIA HERMELINDA BALDERA INOÑAN
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, la inscripción de la nueva Junta Directiva del Comité de Vaso de Leche "SEÑOR DE LOS MILAGROS" en el Registro Única de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Distrital de Mochumi.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, a la oficina de Programas Sociales y demás áreas administrativas el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, la presente Resolución a la organización Social respectiva, y a las áreas pertinentes de la municipalidad, con las formalidades de Ley.
ARTÍCULO QUINTO: DISPONER al área de Tecnologías de la información y Comunicaciones, la Publicación de la presente Resolución en la página web de la Entidad y en el portal del Estado Peruano.