Ordenanza Municipal N.° 01-2024/MDM
ORDENANZA MUNICIPAL QUE NORMA Y REGLAMENTA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2025
12 de marzo de 2024
ARTÍCULO 1°.- DAR INICIO al Presupuesto Participativo del año Fiscal 2025 el mismo que seguirá las pautas establecidas en el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01: Instructivo para el Proceso Participativo aprobado por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01 y los que dispongan la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3°.- APROBAR el Cronograma del Proceso del Presupuesto participativo del año Fiscal 2025 que forma parte del Reglamento en el Anexo N° 01 de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 4°.- ENCARGAR al Equipo Técnico del proceso del Presupuesto Participativo para el año 2025, la ejecución de las acciones que correspondan para el cumplimiento de la presente Ordenanza incluyendo su difusión en el medio de mayor circulación de la zona. La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o quien haga sus veces será el responsable de incorporar la información que sobre el Proceso demanden las disposiciones legales del estado.
ARTÍCULO 5°.- ENCÁRGUESE a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, Comisión de Participación Ciudadana, Equipo y todas las dependencias de la Municipalidad Distrital de Mochumí el Cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 6°.- DERÓGUESE o DÉJESE sin efecto todas las disposiciones que opongan la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3°.- APROBAR el Cronograma del Proceso del Presupuesto participativo del año Fiscal 2025 que forma parte del Reglamento en el Anexo N° 01 de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 4°.- ENCARGAR al Equipo Técnico del proceso del Presupuesto Participativo para el año 2025, la ejecución de las acciones que correspondan para el cumplimiento de la presente Ordenanza incluyendo su difusión en el medio de mayor circulación de la zona. La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o quien haga sus veces será el responsable de incorporar la información que sobre el Proceso demanden las disposiciones legales del estado.
ARTÍCULO 5°.- ENCÁRGUESE a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, Comisión de Participación Ciudadana, Equipo y todas las dependencias de la Municipalidad Distrital de Mochumí el Cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 6°.- DERÓGUESE o DÉJESE sin efecto todas las disposiciones que opongan la presente Ordenanza.