Decreto de Alcaldía N.° 006-2012/MM
24 de julio de 2012
Disponer que el desarrollo de las actividades comerciales en la vía pública, con o sin módulo, con fecha de vencimiento durante el año 2012, puedan continuar hasta por el plazo de un (1) año, según fecha de caducidad; debiendo posteriormente sujetarse a las disposiciones que se aprueben como parte del Programa de Reordenamiento de Comercio en Vía Pública del distrito.