Acuerdo de Concejo N.° 081-2015/MM
13 de octubre de 2015
Opinar que las peticiones de cambio de zonificación son improcedentes, conforme con las consideraciones expuestas en el presente acuerdo, respecto de los predios que a continuación se detallan: 1.- Predio ubicado en la esquina de Calle Tacna con Calle Junín N° 299, sobre cambio de zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Uso Educativo (Educación Inicial-E), presentado por la Congregación de las Hermanas Siervas del Inmaculado Corazón de María. 2.- Predio ubicado en la Calle San Ignacio de Loyola N° 105, con Malecón de la Reserva N° 981 y Av. Armendáriz N° 360, sobre cambio de zonificación de Uso Educativo (Educación Básica Regular E-1) a Comercio Zonal (CZ), presentado por la Compañia de Jesús, Comunidad de La Inmaculada. 3.- Predio ubicado en la Av. Vasco Nuñez de Balboa N° 651, sobre cambio de zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Educación Superior Tecnológica (E2), presentado por la Promotora Miraflores S.A.C. 4.- Predio ubicado en la Av. Arequipa N° 3835-3845, sobre cambio de zonificación de Residencial de Densidad Alta (RDA) a Centro de Salud (H2) presentado por Dora Socorro Bustamante Malaver. 5.- Predios ubicados en la Av. Vasco Nuñez de Balboa N° 225 con Calle Santa Isabel Nros. 387,391; Av. Vasco Nuñez de Balboa Nros. 241, 245 y Calle Santa Isabel N° 379-383; sobre cambio de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), presentado por Bragagnini Constructores S.A.C. 6.- Predio ubicado en la Calle Juana Alarco de Dammert N° 205-221, esquina con Calle Arica N° 934, sobre cambio de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), presentado por Jorge Alejandro Ratti Vásquez.