Ordenanza N.° 208-2005/MM

13 de octubre de 2005

EstablÚzcase en S/.8.00 (ocho y 00/100 nuevos soles) el monto anual que deberán pagar los contribuyentes por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial, distribución de la declaración jurada y hojas de liquidación para el ejercicio 2006, hasta por dos (2) predios. Por cada predio adicional se abonará S/.2.00 (dos y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Prorrogada para el 2008 con la Ordenanza 279-MM del 17/01/08

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ORDENANZA

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