Resolución de Alcaldía N.° 372-2025-MPM/A
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de certificación de que la Comunidad Campesina de San Antón, integrado por sus familias habitan y controlan su territorio
29 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de certificación de que la Comunidad Campesina de San Antón, integrado por sus familias habitan y controlan su territorio denominado sector Juchuy Huarachani con 299.23 hectáreas, adjudicado con fines de reforma agraria, se encuentra ubicado en Juchuy Huarachani del sector Altura del distrito de Antauta, dentro de la jurisdicción de la provincia de Melgar, departamento de Puno, esto en el marco de la Ley Nº 24656, Ley General de Comunidades Campesinas; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de certificación de que la Comunidad Campesina de San Antón, integrado por sus familias habitan y controlan su territorio denominado sector Juchuy Huarachani con 299.23 hectáreas, adjudicado con fines de reforma agraria, se encuentra ubicado en Juchuy Huarachani del sector Altura del distrito de Antauta, dentro de la jurisdicción de la provincia de Melgar, departamento de Puno, esto en el marco de la Ley Nº 24656, Ley General de Comunidades Campesinas; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.